La Campaña de la Renta 2024 arrancará antes de la Semana Santa, según el calendario publicado por la Agencia Tributaria. A partir del 3 de abril de 2025, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones a través de internet o mediante su gestoría administrativa, con un plazo que se extenderá hasta el 30 de junio. Esta modalidad sigue siendo la más rápida y accesible para la mayoría de los ciudadanos.
Una de las principales novedades de esta campaña es la obligación de presentar la declaración de la renta para las personas en situación de desempleo que reciban prestaciones. Hasta ahora, los desempleados solo estaban obligados a declarar si superaban los 22.000 euros anuales en ingresos o los 15.000 euros si tenían dos o más pagadores, siempre que uno de ellos hubiera abonado más de 1.500 euros anuales.
Sin embargo, a partir de la Campaña de la Renta 2024, cualquier persona que haya percibido la prestación por desempleo en algún momento de 2024 deberá presentar la declaración, independientemente de su nivel de ingresos. Esta obligación surge de la reforma del subsidio asistencial por desempleo anunciada en el Real Decreto-ley 2/2024, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y vigente desde el 1 de noviembre de 2024.
El decreto establece medidas urgentes para mejorar y simplificar la protección por desempleo, incluyendo la regulación de nuevas cuantías para los subsidios, la ampliación de la cobertura a nuevos colectivos como los mayores de 52 años y la posibilidad de compatibilizar estas ayudas con un empleo. Como resultado, la presentación del IRPF se convierte en un requisito indispensable para mantener el derecho a recibir estas prestaciones.
Consecuencias del incumplimiento
La normativa establece que el incumplimiento de esta obligación podrá conllevar la suspensión del derecho a la percepción de la prestación por desempleo. Si las entidades gestoras detectan que los beneficiarios no han presentado la declaración en las condiciones y plazos previstos, podrán suspender los pagos correspondientes.
Además, los infractores podrían enfrentarse a multas que oscilan entre el 50% y el 150% del total de la deuda tributaria. Hacienda podrá aumentar estas sanciones si considera que ha habido perjuicio económico o en caso de reincidencia.

Asesoramiento profesional para evitar errores
Al igual que en la campaña anterior, los autónomos deberán presentar la declaración de la renta independientemente de sus ingresos. Esto también aplica a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Hacienda aclara que en ambos casos, la obligación de declarar no tiene un carácter tributario, sino que responde a la normativa específica de estas prestaciones.
Con estos cambios normativos, es fundamental que los contribuyentes estén bien informados y preparados para cumplir con sus obligaciones fiscales. La complejidad de las nuevas normativas puede generar confusión, especialmente entre aquellos que se enfrentan por primera vez a la obligación de declarar.
Para evitar errores y sanciones, siempre es recomendable contar con la ayuda de profesionales. Las gestorías administrativas ofrecen un servicio especializado que facilita el proceso de elaboración y presentación de la declaración de la renta. Acudir a una gestoría administrativa garantiza que la declaración se realice correctamente y conforme a la normativa vigente, evitando así posibles problemas con Hacienda.
«Pifia normativa» según los Gestores Administrativos
En octubre de 2024, los Gestores Administrativos ya alertaron sobre las posibles consecuencias de un cambio legal impuesto por el Ministerio de Trabajo, que obliga a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la declaración de la Renta. Esta medida afecta a más de 100.000 personas, que no estaban obligadas a declarar debido a que sus ingresos no superaban los mínimos establecidos. A pesar de la intención de que este cambio tenga un impacto directo en el ámbito tributario, los gestores han señalado que las implicaciones van más allá, al exponer los niveles patrimoniales de los beneficiarios ante la Agencia Tributaria, lo que podría influir en el acceso a otras ayudas sociales como el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
En ese mismo sentido, los Gestores Administrativos advirtieron que la obligatoriedad de declarar podría afectar a los beneficios fiscales asociados a descendientes, ascendientes o discapacitados. Si los perceptores de la prestación por desempleo superan los 1.800 euros al año, perderían el derecho a aplicar deducciones por estos conceptos. Además, esta situación también podría alterar los procesos de acceso y gestión de prestaciones como el IMV, incrementando tanto las devoluciones de estas percepciones como las reclamaciones previas ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. En palabras de Fernando Jesús Santiago Ollero, presidente del Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos, esta modificación normativa podría generar una nueva oleada de conflictos y complicaciones administrativas para los beneficiarios.
Ante esta nueva carga administrativa, los gestores también indicaron que tendrían que ampliar sus servicios de asistencia, dada la mayor demanda de ayuda para la declaración de la renta, especialmente entre los colectivos vulnerables afectados por la normativa.

