En el complejo entramado fiscal español, un cambio significativo se avecina para los autónomos y pequeñas empresas que facturan por debajo de los 85.000 € anuales. Hacienda, en colaboración con asociaciones de autónomos, sindicatos y la patronal, está trabajando en un nuevo régimen de IVA fraccionado que promete liberar a estos contribuyentes de la tediosa obligación de liquidar el IVA cada trimestre. Aunque la propuesta suena tentadora, trae consigo la contrapartida de renunciar a la posibilidad de deducirse el IVA de sus gastos comerciales.
El Régimen de franquicia de IVA: un respiro fiscal voluntario
Bajo el nombre de «régimen de franquicia de IVA», este sistema será opcional para aquellos autónomos y pymes cuyas facturaciones anuales no superen los 85.000 €. La esencia de esta propuesta reside en que los contribuyentes que opten por este régimen no aplicarán el IVA a sus clientes y, lo que es más significativo, quedarán exentos de la obligación de liquidar este impuesto trimestralmente, eliminando así la presentación del modelo 303.
Se espera que hasta diciembre de 2024, se continúen negociando los detalles de puesta en marcha. Lo que sabemos hasta ahora es que:
- Para poder acogerse a este régimen, la empresa no podrá facturar más de 85.000 euros (base imponible) anuales, o 100.000 euros (base imponible) si realiza también operaciones intracomunitarias (con otros países de la UE).
- No podrá exceder este límite, en el ejercicio, más del 10% (este porcentaje podrá aumentarse más adelante hasta el 25%).
- La adscripción a este régimen será voluntaria. Podrán acogerse autónomos, profesionales y pequeñas empresas que cumplan los requisitos.
- Estarán exentos de presentar las declaraciones trimestrales y anual de IVA (303, 390). En su lugar, habrá que presentar anualmente una declaración informativa que está todavía por determinar.
Sin embargo, la moneda tiene dos caras, y la otra cara implica que estos autónomos renunciarán a la posibilidad de deducirse el IVA asociado a sus gastos comerciales. Este dilema plantea una decisión crucial para los autónomos: ¿seguir en el régimen general o adoptar el nuevo sistema voluntario?
¿Beneficioso o perjudicial? Evaluar los gastos deducibles
La clave para tomar esta decisión radica en la evaluación de los gastos deducibles de cada autónomo. Aquellos con pocos gastos asociados a su actividad probablemente se beneficiarán del nuevo régimen de franquicia de IVA. Por otro lado, aquellos cuyos negocios requieren numerosos gastos podrían encontrar más ventajoso permanecer en el régimen general.
Ejemplo práctico de beneficio: consideremos el caso de un consultor digital con ingresos anuales de 60.000 € y gastos limitados a 1.000 € anuales en aplicaciones o software. El IVA asociado a estos gastos sería de 210 € (el 21 % de 1.000 €), mientras que el IVA generado por los ingresos ascendería a 12.600 € anuales (el 21 % de 60.000 €). En este nuevo escenario, el autónomo tendría que ingresar a Hacienda 12.390 € de IVA al año, la diferencia entre el IVA de los ingresos y el IVA de los gastos. Optar por el régimen de franquicia de IVA resultaría en un ahorro de 12.180 € en concepto de IVA a Hacienda.
Este ajuste en las cifras ilustra cómo el nuevo régimen de franquicia de IVA sigue siendo beneficioso para autónomos con ingresos de 60.000 €, ofreciéndoles un significativo alivio fiscal al evitar la liquidación trimestral del IVA, aunque implique renunciar a la deducción de los gastos asociados.

El fin del sistema de módulos
El nuevo régimen de franquicia de IVA no llega solo; Hacienda tiene la mira puesta en el sistema de módulos. La intención es utilizar este cambio para poner fin al sistema de módulos, un ajuste que puede impactar a muchos autónomos. Sin embargo, la administración tributaria confía en que el régimen de franquicia de IVA facilitará la transición hacia el régimen de estimación directa del IRPF, donde la mayoría de los autónomos tributan.
Orígenes de la reforma: una Directiva europea y colaboración multisectorial
Este nuevo enfoque hacia el IVA surge de la Directiva (UE) 2020/285, aprobada en 2020. Varios países de la Unión Europea ya han implementado medidas similares, y España no es una excepción. La Directiva permite a los estados miembros conceder una franquicia del impuesto sobre entregas de bienes y prestaciones de servicios, siempre y cuando no se sobrepase el límite de 85.000 € anuales en volumen de negocio.
Hacienda está trabajando en estrecha colaboración junto con asociaciones de autónomos como ATA, UPTA y UATAE, sindicatos como CCOO y UGT, y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.
¿Cuándo se materializará el cambio?
La normativa que propone este nuevo sistema de IVA aún se encuentra en fase de negociación con los agentes sociales. Posteriormente, deberá ser aprobada en forma de ley en el Parlamento. Posiblemente a comienzos de 2025 podría materializarse este cambio.
Hay tres fases principales para que se ponga en marcha el Régimen de IVA de Franquicias:
- Consenso entre las asociaciones de autónomos y los agentes sociales (2023)
- Definición de condiciones y puntos clave por parte de la Agencia Tributaria (2024)
- Fase de implementación del nuevo IVA de Franquiciado, confirmada para 2025
El futuro del IVA para autónomos y pymes en España está en una encrucijada. La posibilidad de un régimen de franquicia de IVA ofrece un alivio administrativo, pero con el precio de renunciar a la deducción de gastos. Los autónomos deberán sopesar cuidadosamente su situación financiera y de gastos antes de decidir si darán el paso hacia este nuevo sistema voluntario que, de implementarse, podría transformar la forma en que muchos profesionales independientes abordan sus obligaciones fiscales. Sin duda alguna, el asesoramiento de una gestoría administrativa experta en fiscalidad podrá ayudar a los autónomos en la gestión de su negocio.

