Obtener la nacionalidad española es un proceso que, en muchos casos, puede resultar largo y lleno de trámites burocráticos y que pasa por distintos estados. Tras presentar la solicitud, se debe esperar para que el expediente sea procesado y, si todo está en orden, se conceda la nacionalidad.
Estados del expediente de nacionalidad española
Este procedimiento es complejo y requiere la presentación de múltiples documentos, por lo que se recomienda contar con la ayuda de expertos, como los gestores administrativos, quienes pueden hacer que el proceso sea más rápido y sencillo. Durante este tiempo, el expediente pasa por varias etapas. A continuación, te explicamos cada una de ellas:
«Abierto-Registrado»
Una vez que presentamos nuestro expediente de nacionalidad española el primero de los estados que podemos ver en la plataforma es el de «Abierto Registrado».
Esto significa que nuestro expediente está correctamente presentado y el Ministerio de Justicia tiene ya constancia de que hemos hecho nuestra solicitud.
«Abierto-En tramitación»
Aunque en este punto todavía no se han iniciado los trámites se entiende que la solicitud cumple con los requisitos, siempre y cuando no se presenten incidencias.
«Abierto-En tramitación. Pendiente de solicitud de informes»
El siguiente estado del expediente de nacionalidad española es una de las que mayor complejidad tiene, en términos burocráticos, puesto que exige la comunicación entre administraciones, en ocasiones, situadas en diferentes países.
Se trata de una doble verificación, instruida por la Dirección General de los Registros y del Notariado, que alcanzará aspectos como el tiempo de residencia en España o la posible existencia de obstáculos relacionados con la seguridad nacional, para lo que se consulta también al Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
Asimismo, también se comprobará el grado de integración del extranjero en la sociedad española, así como su conocimiento del idioma, en su caso, mediante la solicitud de la información pertinente al Instituto Cervantes.
«Abierto-En tramitación. Pendiente de respuesta de informes»
Si vemos este estado en nuestro expediente de nacionalidad española por residencia quiere decir que Justicia ya ha pedido los distintos informes para ver si cumplimos con los requisitos y está a la espera que desde las distintas administraciones se le remita esa información.
«Abierto- En tramitación. La Administración hizo un requerimiento de información»
Este estado aparece cuando Justicia ha solicitado información interna sobre nuestra solicitud. En este caso no debemos preocuparnos puesto se trata de información interna del Ministerio de Justicia.
No se trata por tanto de un requerimiento de documentación al que debamos contestar. Aquí solamente debemos esperar.
«En calificación o En estudio»
Cuando se encuentra en este estado, quiere decir que la administración ya recibió todos los informes que se habían solicitado. Ahora, faltará que esta los estudie y resuelva el expediente. Aquí todavía podrían requerirte subsanar alguna información.
«En trámite- Requerido. Pendiente de recibir documentación»
Los expedientes son requeridos cuando falta algún tipo de documento o es necesario subsanar algún error, para ello recibirás una notificación a través de la carpeta ciudadana. En dicha notificación se especificará le documento o documentos a aportar, o en su caso, subsanar.
Normalmente, el plazo es de tres meses, desde que se abre la notificación para responderla, mientras tanto el expediente quedará paralizado en esta fase.
«En trámite- Requerido. Documentación aportada»
Este estado es el último que aparecerá antes de conocer si la nacionalidad ha sido concedida o denegada. Implica que ya cuando hemos aportado la documentación que nos han solicitado desde el Ministerio de Justicia.
Una vez completado el mismo, éste comenzará a andar y a tramitarse.
«Concedido»
Finalmente, esta es la fase más ansiada de todo el proceso y el resultado que todo el mundo espera obtener. Aparece cuando la solicitud de nacionalidad española ha sido concedida por el Ministerio de Justicia. Al igual que el requerimiento, la solicitud se recibirá a través de la carpeta ciudadana.
Una vez hemos recibido la notificación, tendrás 180 días para realizar la jura ante el Registro Civil más cercano a tu domicilio.
«Denegado»
Este estado aparecerá cuando nuestra solicitud de nacionalidad española ha sido denegada. Al igual que os hemos explicado en el punto anterior, nos debe llegar la resolución de denegación a través del medio que indicáramos en nuestra solicitud.
«Archivado»
Este estado aparece cuando la administración nos ha hecho un requerimiento de documentación y no la hemos aportado.
A lo largo del proceso de nacionalización, es normal que surjan dudas o complicaciones. Con la asistencia de un gestor administrativo, puedes asegurarte de que todo avance de manera fluida y rápida, reduciendo al máximo los tiempos de espera.